El Gobierno de Abelardo de la Espriella prepara un cambio a una de las últimas medidas laborales adoptadas durante la administración de Gustavo Petro. Un proyecto de decreto del Ministerio del Trabajo busca modificar el régimen de transición establecido para los contratos sindicales en entidades públicas, especialmente en Empresas Sociales del Estado (ESE) e IPS públicas.
El punto que pretende modificarse es el artículo 5 del Decreto 661, expedido el 26 de junio de 2026. Esa norma permitió que los contratos sindicales que ya estaban vigentes continuaran únicamente hasta su fecha de terminación y estableció expresamente que no podían ser prorrogados. Al mismo tiempo, ordenó a las entidades estructurar planes de formalización laboral y estudios para ampliar sus plantas de personal.
La medida buscaba cerrar progresivamente una puerta que durante años permitió que trabajadores necesarios para el funcionamiento permanente de hospitales y otras entidades fueran vinculados mediante organizaciones sindicales en lugar de tener una relación laboral directa. El propio Decreto 661 señala que los sindicatos no pueden actuar como empresas temporales ni suministrar mano de obra sometida a subordinación directa de la entidad contratante.


En el sector salud la protección es todavía más explícita. La norma prohíbe utilizar contratos sindicales para suministrar personal misional permanente, reemplazar los empleos necesarios para la prestación ordinaria de los servicios de salud o afectar los derechos laborales y prestacionales del talento humano.
Por eso el cambio que estaría preparando el nuevo Ministerio del Trabajo genera una alerta para los trabajadores. Modificaría precisamente el artículo que impedía las prórrogas puede extender la permanencia de estas formas de contratación y retrasar la vinculación directa que debían comenzar a planear hospitales y demás entidades públicas.
El riesgo no es solamente contractual. Mantener durante más tiempo estos esquemas puede prolongar situaciones en las que personas que desarrollan labores permanentes no ingresan a las plantas de las instituciones donde realmente prestan sus servicios. El Decreto 661 había fijado justamente una transición para pasar de esos contratos hacia procesos de formalización.





